Cumplir con tus obligaciones fiscales en España cuando vives fuera de España

26 Jun 2024
Diego Ruiz del Árbol
Entiende cuándo y cómo debes tributar en España desde el extranjero

Desde hace algunos años, el servicio de resolución de consultas administrativas es el más solicitado de todos los que ofrecemos en Volvemos. Lo que comenzó con un servicio de información para emigrantes que trataba únicamente temas como las cotizaciones en el extranjero, los formularios U1/U2 o el traslado de ahorros se ha convertido en una compleja maraña de casuísticas con multitud de derivadas.

Todas esas derivadas son las que nos mostráis los emigrantes diariamente en las sesiones de asesoramiento. El grupo más numeroso y complejo en cuanto a consultas es el grupo de fiscalidad, y una de las consultas estrella es “¿debo pagar impuestos en España aún viviendo en el extranjero?”

En el artículo de hoy vamos a explicar en qué circunstancias se debe tributar en España cuando se vive y se es residente fiscal fuera de España.

¿Qué es la residencia fiscal?

La residencia fiscal de una persona es un concepto esencial en el ámbito de los impuestos, ya que determina en qué país o territorio un individuo es considerado sujeto impositivo y, por tanto, dónde paga sus impuestos. La residencia fiscal se establece principalmente por el tiempo que una persona vive en un país y/o su vinculación económica y social con dicho lugar. Cuando una persona se convierte en residente fiscal de un país, está sujeta a las leyes tributarias del territorio y debe declarar y pagar sus impuestos de acuerdo con sus regulaciones.

En el caso de España, la persona que resida más de la mitad del año en nuestro territorio (183 días) será considerada residente fiscal. Este criterio de los 183 días es el más importante pero no el único. Por ejemplo, si una persona no reside en España durante más de 183 días, pero su cónyuge y/o hijos sí lo hacen, podría ser también considerada residente fiscal, o bien si es en España donde desarrolla su actividad al ser en España donde está su centro de intereses económicos.

Casos en los que una persona está obligada a pagar impuestos en España cuando no es residente fiscal en nuestro país

Rendimientos del trabajo o de inversiones

He trabajado para una empresa por cuenta ajena en España pero no soy residente fiscal en España

Este caso es típico de las personas que emigran o retornan a España en mitad del año. Pongamos un ejemplo: Carlos ha vivido en Alemania los últimos años. En verano de 2023 recibió una oferta de una empresa para trabajar en España y finalmente se mudó en septiembre de 2023. En 2023, Carlos es residente fiscal en Alemania ya que ha pasado en ese país más de 183 días. Aún así, de septiembre a diciembre, Carlos ha generado ingresos por su trabajo en España. En este caso, Carlos no tendrá la obligación de presentar en España la declaración de la renta pero tendrá que informar a la Hacienda alemana de los rendimientos generados en España en 2023. Los impuestos correspondientes a esos rendimientos los habrá pagado vía retención en la nómina de su empleador en España. El tratado para evitar la doble imposición entre España y Alemania le permitirá no tener que pagar de nuevo por dichos rendimientos ya tributados en Alemania.

He obtenido una ganancia patrimonial en España por inversiones, acciones u otros activos

Las ganancias patrimoniales obtenidas en España tales como dividendos por acciones, dividendos por venta de criptomonedas, intereses de cuentas bancarias o depósitos en España, entre otros, tributan a través del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR) a través del modelo 210.

Bienes inmuebles

Tengo una vivienda a mi nombre en España en régimen de alquiler por la que percibo un ingreso

Si tienes una propiedad en España y la alquilas, deberás declarar y pagar este impuesto sobre los ingresos obtenidos a través del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), en el modelo 210.

Tengo una vivienda a mi nombre en España, a mi disposición

Si la propiedad no está alquilada (quizá la usas para ir de vacaciones o pasar temporadas allí), la Agencia Tributaria puede exigir un pago basado en un porcentaje del valor catastral (del 2% o el 1,1% de dicho valor, dependiendo de las circunstancias). Se paga a través del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), en el modelo 210.

Voy a vender un inmueble en España sin ser residente fiscal

Si tienes una vivienda en España y la quieres vender mientras resides en el extranjero tendrás que pagar el 3% del valor de transmisión. En este caso, el comprador está obligado a retener dicho 3% del valor de transmisión y pagarlo a la Agencia Tributaria en nombre del vendedor no residente. Esta retención es un pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta de no Residentes a través del modelo 211 (Retención en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente).

Pensiones

Percibo una pensión pública de España sin ser residente fiscal

Las pensiones de origen español pueden estar sujetas a impuestos en España dependiendo del convenio de doble imposición que España tenga con el país de residencia del perceptor. En España, las pensiones y haberes pasivos percibidos por personas no residentes en España están sometidas al Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR), a través del modelo 210.

Percibo una pensión privada de España sin ser residente fiscal

Los planes de pensiones privados de entidades radicadas en España son objeto de pago de impuestos en España a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).

Herencias o donaciones

Recibir una herencia o una donación de un residente en España también puede implicar responsabilidades fiscales. Este impuesto puede variar considerablemente según la Comunidad Autónoma donde se encuentre el bien heredado o donado.

En el caso de las herencias, cuando el causante o heredero cuente con la condición de no residente en el territorio nacional, no le resulta de aplicación la legislación autonómica. Para estos supuestos, directamente entran en funcionamiento los mecanismos y normas estatales, sin que el sucesor se pueda acoger a ninguna ventaja autonómica.

En este caso el modelo adecuado es el Modelo 650 - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Autoliquidación adquisición “mortis causa”.

Ley Beckham o Régimen Especial de Impatriados

Este grupo es un caso algo especial porque las personas que lo necesitan son residentes en España, pero por estar acogidas al Régimen Especial de Impatriados (más conocido como Ley Beckham) tributan como No Residentes.

Rendimientos del trabajo por cuenta ajena en España acogido a la Ley Beckham

Si trabajas en España y estás acogido/a al Régimen Especial de Impatriados, tributarás a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR), por lo que tu declaración de la Renta se hace a través del modelo 151.

Rendimientos del trabajo por cuenta propia (autónomo) en España acogido a la Ley Beckham

Aunque el Régimen Especial de Impatriados no se aplica a las personas que se trasladan a España para trabajar por cuenta propia, puede darse el caso de que estas personas se hagan autónomas una vez que tienen reconocido el derecho. La Ley Beckham aplica en el ejercicio fiscal en que se solicita y los cinco posteriores. Si durante esos cinco años el profesional decide dejar de trabajar por cuenta ajena y comenzar a hacerlo por cuenta propia, seguirá acogido al Régimen Especial de Impatriados y deberá realizar la declaración de la renta como tal, a través del modelo 151.

Modelo 720 de declaración de bienes en el extranjero

Por último, y aunque no es el caso que nos ocupa en este artículo, te recordamos que, si eres residente fiscal en España a 31 de diciembre del año en curso, deberás presentar el modelo 720, cuando los bienes que tengas en el extranjero superen el valor de 50.000 euros.

El Modelo 720 es una declaración informativa de los bienes situados en el extranjero, que debe ser presentada obligatoriamente ante el Ministerio de Hacienda. Mediante esta, se debe informar sobre inmuebles, valores, seguros, rentas y derechos obtenidos y gestionados fuera del territorio español. Esta declaración se presenta a principios de cada año, durante el primer trimestre.

Para calcular el valor del bien se toma como referencia el valor del mismo a 31 de diciembre, es decir, al cierre del año. Sin embargo, en el caso de las cuentas bancarias y los depósitos, también se puede tener en cuenta el saldo medio durante los últimos tres meses del año.

Cumplir con tus obligaciones fiscales puede ser complicado, especialmente cuando vives en el extranjero. En Volvemos, contamos con un equipo de fiscalistas especializados en estos trámites y podemos ayudarte si lo necesitas. Si es tu caso, rellena el formulario que encontrarás a continuación y nos pondremos en contacto contigo.

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