Cuando un emigrante se plantea volver a España, la posibilidad de poder cobrar la prestación por desempleo mientras busca un nuevo empleo puede ser determinante a la hora de planificar la vuelta. Existen dos formas de cobrar la prestación por desempleo: a través del formulario U1 o del formulario U2.
¿Qué es el formulario U1?
Se trata de un documento necesario para poder acreditar los períodos de cotización realizados en la Unión Europea (incluyendo Reino Unido si se vivía ahí antes del Brexit). Este documento es útil para solicitar en España una prestación por desempleo, incapacidad o baja por maternidad/paternidad. Es importante tener en cuenta que se entiende por periodos de cotización a días trabajados, pero no los importes o ni las bases de cotización, ya que cada país los calcula de manera diferente.
¿Dónde y cuándo hay que solicitarlo?
El formulario U1 se debe solicitar ante la oficina de empleo local una vez se haya terminado la relación laboral con el empleador. Es importante adjuntar un certificado de empresa además de los documentos particulares propios de cada país.
¿Qué requisitos hay que cumplir para cobrar el paro una vez regresado a España?
- Cotizar en España después de regresar del extranjero. Es necesario cotizar al menos un día desde tu llegada para poder comenzar a cobrar la prestación por desempleo.
- Tener al menos 360 días cotizados acumulados en los últimos 6 años a partir de la última salida de España, y que no se hayan consumido para otras prestaciones. Se tienen en cuenta los días cotizados en España, en Europa y otros países como Australia y Suiza.
- Estar en situación legal de desempleo.
- Inscribirse como demandante de empleo.
¿Qué es y para qué sirve el formulario U2?
El formulario U2 es el documento que autoriza a seguir percibiendo la prestación por desempleo que ya se está cobrando, mientras se busca trabajo en otro país. Este trámite se pueda realizar entre países de la Unión Europea y se denomina exportación de la prestación por desempleo.
¿Cómo se puede solicitar?
Antes de regresar a España es imprescindible:
- Haber estado inscrito como demandante de empleo en los servicios de empleo del país donde se trabajaba un mínimo de cuatro semanas, aunque puede haber excepciones.
- Solicitar un formulario U2 en el servicio nacional de empleo.
Una vez en España es necesario:
- Inscribirse como demandante de empleo en los servicios nacionales de empleo en un plazo de 7 días a partir de la fecha en la que se deja de estar registrado en los servicios de empleo del país.
- Presentar el formulario U2 al inscribirse. Aceptar todos los controles que exija el SEPE y no haber rechazado ninguna oferta de empleo.
Es importante señalar que el formulario U1 y el formulario U2 son incompatibles entre sí, porque solo podrás contabilizar los períodos cotizados una vez. De igual modo, es necesario conocer las condiciones de la exportación en el país en el que se reside, porque pueden existir variaciones entre Estados.
En Volvemos contamos con un servicio de asesoramiento administrativo donde informamos de estos y otros trámites relacionados con el retorno a España. Si quieres volver y consultar esta u otras dudas, puedes solicitarlo rellenando el formulario que encontrarás a continuación.