¿Cómo traer mis ahorros a España al volver del extranjero?

20/10/2021Publicado por María Manrique
Métodos administrativos para mover tus ahorros a tu retorno

Si estás pensando en volver a España después de varios años viviendo y trabajando en el extranjero, seguramente te hayas planteado qué hacer con el dinero que has ahorrado fuera: ¿puedo transferirlo directamente a una cuenta española?, ¿tendré que pagar impuestos?, ¿tengo que avisar a Hacienda?, ¿puede el banco pedirme que justifique de dónde procede el dinero?

La respuesta corta es que puedes transferir a España los ahorros que hayas acumulado en el extranjero y el mero hecho de mover tu propio dinero de una cuenta a otra no significa, por sí solo, que tengas que pagar impuestos por esa transferencia.

Sin embargo, conviene diferenciar tres cuestiones: el traslado del dinero, la justificación de su origen y las posibles obligaciones fiscales relacionadas con las rentas o bienes que tengas o hayas tenido en el extranjero.

Te explicamos cada una de ellas.

¿Tengo que pagar impuestos por traer mis ahorros a España?

Una de las dudas más frecuentes de quienes vuelven a España es si Hacienda considerará como ingresos el dinero que transfieran desde su cuenta extranjera.

En términos generales, transferir dinero que ya era tuyo desde una cuenta bancaria en el extranjero a una cuenta española no genera por sí mismo una nueva renta.

Por ejemplo, si has trabajado durante diez años en Alemania y has acumulado 80.000 euros de ahorro en una cuenta alemana, transferir esos 80.000 euros a tu cuenta española no significa que hayas obtenido una renta de 80.000 euros en el momento de realizar la transferencia.

Otra cuestión diferente es cómo se generó ese dinero.

No es lo mismo que proceda de salarios que obtuviste y ahorraste durante años siendo residente fiscal en otro país que de la venta reciente de una vivienda, unas acciones, una herencia, una donación o cualquier otra operación que pueda tener consecuencias fiscales propias.

Por eso es importante quedarse con esta idea:

No se tributa por el simple hecho de transferir el dinero. Lo que puede tener consecuencias fiscales es la operación o renta que originó ese dinero.

¿Existe un límite de dinero que pueda transferir a España?

No existe un límite general que impida transferir tus propios ahorros desde una cuenta extranjera a una cuenta española.

Puedes transferir 10.000, 50.000, 100.000 euros o una cantidad superior.

Esto tampoco significa que dividir una transferencia grande en varias transferencias pequeñas evite controles u obligaciones. Si el dinero tiene un origen lícito y puedes justificarlo, lo importante es mantener una adecuada trazabilidad de los fondos.

En transferencias de importes elevados es además posible que la entidad bancaria solicite información adicional sobre la operación.

¿Puede el banco pedirme que justifique de dónde procede el dinero?

Sí.

Y esta cuestión es diferente de tener que pagar impuestos por la transferencia.

Las entidades financieras están sujetas a la normativa de prevención del blanqueo de capitales y deben conocer a sus clientes, realizar un seguimiento de las operaciones y, cuando corresponda, comprobar el origen de los fondos.

Por este motivo, una transferencia elevada procedente de una cuenta extranjera puede provocar que tu banco español te solicite documentación adicional antes de aceptar la operación o poner los fondos a tu disposición.

Esto no significa necesariamente que exista ningún problema con tu dinero. El banco está cumpliendo con sus propias obligaciones de control.

¿Qué documentos pueden servir para justificar el origen de mis ahorros?

Dependerá de cómo hayas generado el dinero, pero es recomendable conservar documentación como:

  • extractos bancarios;
  • nóminas;
  • contratos de trabajo;
  • declaraciones de impuestos presentadas en el país en el que residías;
  • certificados de ingresos;
  • documentación de inversiones;
  • contratos o escrituras de compraventa;
  • documentación de una herencia o donación;
  • justificantes de transferencias entre tus propias cuentas.

Cuanto mayor sea la cantidad transferida, más importante resulta poder reconstruir razonablemente de dónde procede el dinero y cómo llegó hasta tu cuenta.

Si estás preparando tu regreso y prevés transferir una cantidad importante, puede ser conveniente hablar previamente con el banco español y preguntar qué documentación va a requerir.

¿Necesito presentar el Modelo S1 para transferir dinero desde el extranjero?

Esta es una cuestión que genera bastante confusión.

Una transferencia bancaria ordinaria desde tu cuenta extranjera a una cuenta bancaria española no requiere presentar el Modelo S1 simplemente porque el importe supere los 10.000 euros.

El S1 está relacionado con determinados movimientos de medios de pago, especialmente cuando una persona transporta físicamente efectivo u otros medios de pago contemplados por la normativa.

Por ejemplo, existen obligaciones de declaración cuando se entra o sale de España transportando determinados medios de pago por un importe igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.

También existen reglas específicas para movimientos de determinados medios de pago dentro del territorio nacional a partir de 100.000 euros.

Por tanto, no debemos confundir transferir 100.000 euros entre dos cuentas bancarias con entrar en España transportando físicamente 100.000 euros en efectivo.

¿Qué ocurre si dejo mis ahorros en el extranjero?

Volver a España no significa que tengas necesariamente que cerrar todas tus cuentas bancarias extranjeras ni transferir todo tu patrimonio.

Puedes mantener una cuenta bancaria, inversiones o una vivienda en otro país.

Lo que sí debes analizar es qué obligaciones fiscales tendrás en España una vez que seas residente fiscal aquí.

Por ejemplo, si mantienes cuentas, inversiones o inmuebles en el extranjero, puede existir obligación de informar sobre ellos mediante el Modelo 720 cuando se superen determinados límites.

El límite general inicial es de 50.000 euros para cada uno de los bloques de información contemplados por el modelo, por lo que no deben sumarse indiscriminadamente todos los bienes que tengas fuera de España.

Además, haber presentado el Modelo 720 una vez no significa necesariamente que tengas que volver a presentarlo todos los años.

En Volvemos tenemos una guía específica y actualizada donde explicamos quién tiene que presentar el Modelo 720, qué bienes deben declararse y cuándo debe presentarse: acceso a la guía.

Por eso, si mantienes patrimonio fuera de España después de tu retorno, te recomendamos consultar ese artículo en lugar de confundir la obligación de informar sobre bienes en el extranjero con la transferencia de tus ahorros.

En el caso de las monedas virtuales situadas en el extranjero existe, además, una declaración informativa específica, el Modelo 721, cuando se cumplen los requisitos establecidos para ello.

¿Tengo que declarar mis inversiones en el extranjero?

Depende del tipo de inversión.

Además de las obligaciones tributarias, determinadas inversiones españolas en el exterior pueden estar sujetas al régimen de declaraciones de inversiones exteriores.

Si habías consultado anteriormente información sobre esta cuestión, es posible que hayas encontrado referencias al Modelo D-6. Este modelo fue derogado con la entrada en vigor del nuevo régimen de inversiones exteriores.

Desde 2023 y 2024 se aplica un nuevo marco normativo, con diferentes obligaciones y modelos en función del tipo y características de la inversión.

Por ello, si además de cuentas bancarias mantienes participaciones empresariales u otras inversiones en el extranjero, conviene analizar el caso concreto.

¿Qué ocurre si el dinero procede de vender una vivienda en el extranjero?

En este caso es especialmente importante separar la transferencia de la operación que originó el dinero.

Imagina que has vendido una vivienda en Reino Unido por 300.000 euros y posteriormente transfieres ese dinero a España.

La transferencia de los 300.000 euros no es la operación que genera, por sí misma, la tributación.

Lo que debe analizarse es la venta del inmueble: cuándo se produjo, cuál era tu residencia fiscal en ese momento, si existió una ganancia patrimonial y qué establecen la legislación de los países implicados y el correspondiente convenio para evitar la doble imposición.

Lo mismo sucede si el dinero procede de la venta de acciones, fondos de inversión, participaciones empresariales u otros activos.

Por eso, conocer el origen del dinero es importante tanto desde el punto de vista bancario como fiscal.

¿Es mejor transferir mis ahorros antes o después de volver a España?

No existe una respuesta única.

El momento en el que realizas una transferencia no determina por sí mismo dónde eres residente fiscal ni convierte tus ahorros en una renta.

La residencia fiscal se determina conforme a los criterios establecidos en la normativa española y, cuando existe un posible conflicto de residencia entre dos países, también puede ser necesario acudir al correspondiente convenio para evitar la doble imposición.

Por tanto, hacer la transferencia el día antes o el día después de trasladarte a España no cambia por sí solo la naturaleza de tus ahorros.

Sin embargo, el momento del retorno sí puede ser importante para determinar cómo tributan determinadas operaciones realizadas durante ese año.

Por ejemplo, si vendes una vivienda, rescatas una inversión o recibes determinados rendimientos en el mismo año en el que regresas a España, conviene determinar primero dónde tendrás tu residencia fiscal durante ese ejercicio.

¿Cómo puedo transferir el dinero a España?

En la mayoría de los casos, la forma más sencilla y trazable de trasladar los ahorros será mediante una transferencia bancaria.

Dependiendo del país de origen y de la moneda, podrás encontrarte principalmente con transferencias SEPA o transferencias internacionales mediante la red SWIFT.

Transferencias SEPA

SEPA es la Zona Única de Pagos en Euros y permite realizar transferencias en euros entre los países incluidos en este sistema bajo unas condiciones armonizadas.

Si tienes tus ahorros en euros en una cuenta de otro país SEPA, esta suele ser la alternativa más sencilla.

Transferencias SWIFT y cambio de divisa

Si el dinero está, por ejemplo, en libras esterlinas, dólares estadounidenses, dólares canadienses o francos suizos, además de la transferencia debes prestar atención al tipo de cambio y a las comisiones.

En cantidades elevadas, una pequeña diferencia en el tipo de cambio aplicado puede representar varios miles de euros.

Antes de ordenar la transferencia es recomendable comparar tanto la comisión explícita de la operación como el tipo de cambio que se aplicará.

Tres ejemplos prácticos

1. He ahorrado 80.000 euros trabajando en Alemania

Has vivido diez años en Alemania y durante ese tiempo has acumulado 80.000 euros en tu cuenta bancaria. Regresas a España y transfieres esos 80.000 euros a tu nueva cuenta española. La transferencia de tus propios ahorros no supone, por sí misma, que hayas obtenido una renta de 80.000 euros en España. Sin embargo, el banco puede solicitarte documentación que permita justificar el origen de esos fondos. Por ejemplo, extractos bancarios, nóminas o documentación fiscal alemana.

2. Tengo 70.000 euros en Reino Unido y decido no traerlos

Puedes mantener el dinero en tu cuenta británica aunque vuelvas a vivir a España. Pero si pasas a ser residente fiscal en España deberás analizar las obligaciones relacionadas con esa cuenta, entre ellas la posible presentación del Modelo 720. También tendrás que tener en cuenta en tu fiscalidad española los rendimientos que genere la cuenta cuando corresponda.

3. He vendido una vivienda antes de regresar

Has vendido una vivienda en el país en el que residías y posteriormente transfieres el dinero obtenido a España. La transferencia no es lo que determina la tributación. Será necesario analizar la venta de la vivienda, la ganancia obtenida, tu residencia fiscal y el convenio para evitar la doble imposición aplicable. Este tipo de situaciones merece un análisis específico antes de realizar el retorno o la operación cuando sea posible.

Checklist antes de trasladar tus ahorros a España

Antes de realizar una transferencia importante, te recomendamos:

  • Identificar claramente de dónde procede el dinero.
  • Recopilar extractos bancarios y documentación que acredite su origen.
  • Consultar con el banco español qué documentación puede solicitar.
  • Comprobar las comisiones y, cuando exista cambio de moneda, el tipo de cambio aplicado.
  • Determinar tu residencia fiscal durante el año del retorno.
  • Revisar si mantendrás cuentas, inversiones o inmuebles en el extranjero.
  • Comprobar si tendrás que presentar el Modelo 720 u otras declaraciones informativas.
  • Analizar separadamente cualquier venta, rescate de inversiones, herencia, donación u otra operación que haya originado los fondos.

Preguntas frecuentes sobre traer ahorros a España

¿Tengo que pagar impuestos por transferir mis ahorros a España?

El mero traslado de tu propio dinero desde una cuenta extranjera a una cuenta española no constituye por sí mismo una nueva renta. Sin embargo, puede ser necesario analizar cómo se generó ese dinero y las obligaciones fiscales asociadas a su origen.

¿Cuánto dinero puedo transferir desde el extranjero a España?

No existe un límite general que impida transferir tus propios fondos mediante una transferencia bancaria. Una cantidad elevada puede provocar que la entidad financiera solicite documentación adicional sobre el origen de los fondos.

¿Tengo que avisar a Hacienda si transfiero 100.000 euros?

No existe una declaración fiscal automática por el mero hecho de realizar una transferencia bancaria de 100.000 euros entre tus propias cuentas. Otra cuestión es que puedas tener obligaciones relacionadas con el origen de los fondos, tu residencia fiscal o los bienes que mantengas en el extranjero.

¿Necesito el Modelo S1 para transferir más de 10.000 euros?

No por tratarse de una transferencia bancaria ordinaria. El Modelo S1 se utiliza para determinados movimientos de medios de pago contemplados en la normativa, como el transporte acompañado de efectivo en los supuestos establecidos legalmente.

¿Puede mi banco bloquear o retener temporalmente una transferencia?

La entidad puede solicitar información y documentación para cumplir sus obligaciones de prevención del blanqueo de capitales. Por eso es recomendable preparar con antelación la documentación sobre el origen de los fondos cuando se van a trasladar cantidades elevadas.

¿Tengo que cerrar mis cuentas extranjeras cuando vuelva a España?

No. Puedes mantener cuentas bancarias en otros países. Sin embargo, una vez seas residente fiscal en España pueden existir obligaciones fiscales e informativas relacionadas con ellas.

¿Tengo que presentar el Modelo 720 si mantengo dinero fuera?

Puede existir obligación si eres residente fiscal en España y tus cuentas o el resto de bienes incluidos en alguno de los bloques del Modelo 720 superan los límites establecidos. Consulta nuestra guía específica sobre el Modelo 720 para analizarlo con más detalle.

¿Es mejor transferir el dinero antes de volver a España?

No existe una regla general según la cual transferir los ahorros antes del retorno evite impuestos. El movimiento de los fondos y la residencia fiscal son cuestiones diferentes. Si durante el año del retorno realizas operaciones importantes, sí puede ser conveniente analizar previamente sus consecuencias fiscales.

¿Necesitas ayuda para organizar fiscalmente tu retorno?

Cada retorno es diferente.

No es lo mismo volver con los ahorros acumulados durante varios años trabajando por cuenta ajena que hacerlo después de vender una vivienda, rescatar inversiones o mantener un patrimonio importante en diferentes países.

En Volvemos.org asesoramos a españoles que viven en el extranjero y están preparando su regreso a España sobre residencia fiscal, traslado de ahorros, bienes en el extranjero, Modelo 720 y otras obligaciones fiscales relacionadas con el retorno.

Si tienes dudas sobre tu situación, puedes solicitar una consulta con nuestro equipo para revisar tu caso antes o después de regresar.

Fuentes y normativa

Para elaborar y mantener actualizada esta información recomendamos consultar las fuentes oficiales correspondientes:

  • Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
  • Orden ETD/1217/2022, sobre declaraciones de movimientos de medios de pago.
  • Agencia Tributaria: declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero (Modelo 720).
  • Real Decreto 571/2023, sobre inversiones exteriores.
  • Orden ECM/57/2024, sobre los procedimientos aplicables a las declaraciones de inversiones exteriores.

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