Retornar con pareja de fuera de la UE

Al volver a España con tu pareja de fuera de la UE, hasta el tercer mes podrá permanecer en el país con el pasaporte válido y dependiendo del lugar de origen, visado de entrada. Después del tercer mes, se necesita obtener la tarjeta de residencia, pudiéndose dar las siguientes situaciones:

  • Empleados / trabajadores desplazados a otro país/ autónomos. Si trabajas en otro país de la UE como empleado, autónomo o trabajador desplazado, tu cónyuge y los hijos y nietos de países no miembros de la UE que tengas a tu cargo pueden vivir contigo sin necesidad de cumplir ningún otro requisito.

  • Pensionistas. Necesitarán un justificante de estar cubierto por un seguro médico completo y una prueba de ingresos suficientes para vivir sin necesitar ayudas económicas: los recursos pueden ser de cualquier procedencia.

  • Estudiantes. Necesitarán un certificado de matrícula en un centro educativo reconocido y un justificante de estar cubierto por un seguro médico completo, además de una declaración de disponer de recursos suficientes para vivir sin necesitar ayudas económicas: los recursos pueden ser de cualquier procedencia. 

¿Cómo obtener una tarjeta de residencia?

Se suelen expedir en los ayuntamientos o en la policia, para lo que se necesitará presentar la siguiente documentación:

  • Pasaporte válido.
  • Certificado de registro que demuestre la residencia en el nuevo país.
  • Prueba de la existencia de un vínculo familiar (acta de matrimonio, partida de nacimiento, etc..).
  • Hijos y nietos menores de 21 años que dependen de ti.
  • Padres y abuelos que dependen de ti.
  • Otros familiares que dependan de ti.
  • Parejas de hecho, relación prolongada o estable.

Las autoridades deben tomar una decisión sobre la expedición de la tarjeta de residencia en el plazo de seis meses. En cualquier caso, no se puede expulsar a familiares que no son ciudadanos de la UE si su visado expira mientras se está tramitando su solicitud.

Si la solicitud es denegada, las autoridades deben notificar la denegación por escrito, señalando los motivos de la decisión, las consecuencias para tu pareja o tus familiares y las posibilidades y plazos de recurso.

Si se acepta la solicitud, la expedición de la tarjeta de residencia será probablemente gratuita y tiene 10 años de validez, con carácter renovable.

Residencia permanente

La normativa establece que la pareja obtiene la residencia permanente, pasados los cinco años de residencia legal. Lo que conlleva disfrutar de los mismo derechos, prestaciones y ventajas que los nacionales.

En determinados casos se podrá solicitar la residencia permanente sin haber cumplido los cinco años:

  • Estar jubilado y haber trabajado en el país de acogida durante el último año o haber vivido allí 3 años seguidos.
  • Haber dejado de trabajar por incapacidad, además de haber vivido en el país dos años seguidos.
  • Haber dejado de trabajar por incapacidad debido a un accidente o enfermedad laboral.
  • Si se empieza a trabajar en otro país de la UE como trabajador transfronterizo (volviendo al lugar donde se reside al menos una vez a la semana), pero se ha trabajado anteriormente en el país donde se quiere adquirir la residencia durante al menos 3 años).

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