La principal diferencia entre ambos conceptos es que la afiliación a la Seguridad Social es un acto administrativo, previo a la prestación de servicios, realizado por el trabajador, la empresa o por la propia Seguridad Social, y se produce una sola vez en la vida. A cada afiliado a la Seguridad Social se le asigna un número único, donde consta nombre, apellidos y DNI del trabajador.
La situación de alta en la Seguridad Social puede ser de carácter sucesivo, de manera que se pueden producir tantas altas y bajas a la Seguridad Social como cambios de situación laboral hayan a lo largo de la vida laboral.
Además el alta en la Seguridad Social se produce generalmente por parte del empresario, a no ser de que incumpliese en su obligación de dar de alta a los trabajadores, en cuyo caso podría producirse por parte del trabajador ante la Tesoría General de la Seguridad Social (TGSS), o de la propia TGSS, cuando averiguase a través de una inspección que los trabajadores no se encuentran en situación de alta administrativa.