Trámites administrativos si se retorna desde Chile

A continuación, encontrarás paso a paso los trámites administrativos que necesitarás hacer si regresas desde Chile.

Si vas a retornar a España, no te olvides de: 

  • Solicitar la documentación de los estudios que hayas realizado en Chile. Puedes ponerte en contacto con la Consejería de Educación de Argentina, ya que su ámbito de competencia incluye a Chile y desde allí se pueden iniciar los trámites para reconocer títulos y diplomas en España. 
  • Darte de baja en el Registro de Matrícula Consular y solicitar el certificado de residencia, que servirá de justificante oficial de la totalidad del tiempo residido en Chile desde el momento de inscripción consular. Para solicitar la baja en el RMC pincha aquí y para solicitar un certificado de baja en el RMC aquí.
  • Solicitar el certificado de emigrante retornado.  
  • Solicitar el formulario E/CHL-9 en FONASA para exportar el derecho a asistencia sanitaria, siempre y cuando lo tenga reconocido en FONASA.

Si has trabajado en Chile:

  • Solicitar el certificado original de la empresa donde se haya trabajado y donde se indique el inicio y fin de la relación laboral, junto con los contratos de trabajo, registrado y sellado por el Ministerio de Trabajo de Chile.
  • En Chile se aplica el convenio bilateral con España en lo que se refiere a pensiones públicas. 

Si eres pensionista en Chile:

  • Chile es uno de los países que tiene convenio bilateral con España y uno de los principales beneficios de estos convenios es el de exportación de las pensiones. Los ciudadanos españoles que se encuentren en Chile o los chilenos que se encuentren en España, ya sea temporal o permanentemente, pueden acceder a los beneficios del sistema público de salud de cualquiera de los dos países. 
  • Las personas que residan en Chile y quieran solicitar una pensión en España, deben presentar el formulario respectivo en la institución a la que estén afiliados, AFP o IPS. Si no está afiliado a ninguna, debe presentarlo directamente en la Superintendencia de Pensiones:
  • Solicitar el formulario E/CHL-9 en FONASA para exportar el derecho a asistencia sanitaria, siempre y cuando lo tenga reconocido en FONASA.

Cuando llegues a España:

  • Presentar el formulario E/CHL-9 en el INSS.
  • Darte de alta en el padrón municipal en el ayuntamiento donde vayas a residir.
  • Una vez la persona regresa a España tiene un plazo de 30 días para registrarse como demandante de empleo en el SEPE, tras el cual debe de pasar un plazo de 30 días en búsqueda activa de trabajo. Entonces, se abre un plazo de 15 días para solicitar el Subsidio de emigrante retornado, en caso de no tener acumulado prestación por desempleo anterior a su salida de España.

¿Tienes dudas administrativas relacionadas con tu vuelta a España? Resuélvelas con nuestro equipo de asesores/as

El servicio de asesoramiento administrativo se presta a través de videollamada de una hora de duración, en la que un/a asesor/a te ayudará a resolver las dudas relacionadas con tu emigración y retorno (fiscalidad, Seguridad Social, mudanzas, sanidad, etc.). El coste de esta llamada es de 84,70 euros (70 euros + IVA). Completa este formulario con el máximo de detalle posible y al hacerlo te dirigiremos a la página de pago del servicio. Tras realizar el pago, podrás agendar tu sesión en nuestro calendario.

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